En el desarrollo de actividades es fundamental el cumplimiento ético y normativo

COMSA Corporación considera fundamental desarrollar su actividad con base en criterios de cumplimiento ético y normativo. El grupo aprobó por primera vez su Código Ético en el año 2011 y desde entonces, ha sido revisado en varias ocasiones por el Consejo de Administración. Este documento tiene como propósito establecer los valores, compromisos y principios de actuación que deben guiar el quehacer diario de todos los miembros de órganos de administración, directivos y empleados del grupo.

Puedes consultar aquí el Código Ético de COMSA Corporación.

COMSA Corporación vela por el conocimiento, comprensión y cumplimiento de lo dispuesto en el Código Ético y de los Protocolos, Políticas y demás normativa interna que lo desarrollan, a través de su Comisión de Ética, la cual ha sido constituida y designados sus miembros por el Consejo de Administración y cuenta con poderes autónomos de iniciativa y de control en el desarrollo de sus funciones. La Comisión de Ética es también el órgano responsable de asegurar el adecuado funcionamiento del canal ético de COMSA Corporación.

Consulta aquí la Política de compliance penal y antisoborno y el Protocolo de gestión del canal de denuncias, investigaciones internas y reacciones corporativas del grupo.

Para más información sobre el ámbito de aplicación del modelo de compliance, accede al Perímetro de sociedades del grupo adheridas al modelo. 

Jorge Miarnau, presidente del Consejo de Administración
Presidente de la Comisión

 

Guillermo Lorenzo, director general de Infraestructuras e Ingeniería
Vocal

 

Manuel Fonseca, director general de Servicios Económicos Corporativos
Vocal

 

Santiago Sanjosé, director de Administración y Control Corporativo
Vocal

 

Ignacio Ponz, director de Recursos Humanos
Vocal

 

Carles Mases, director del Área Jurídico
Secretario del Comité de Ética

Canal Ético

El canal ético es una herramienta de comunicación que permite tanto al personal interno de COMSA Corporación y de las sociedades del grupo como a terceros poner en conocimiento de la Comisión de Ética cualquier situación de incumplimiento con la ley, el Código Ético o las normas internas que lo desarrollan.